LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SONORA
MUNICIPIO DE GUAYMAS
ARTICULO 83 BIS
fraccion 83BB
Artículo 83 BIS B
ARTICULO 83 BIS B.- En relación con el seguimiento de las denuncias, quejas, solicitudes, y alguna otra petición se deberá hacer del conocimiento público, el tipo de denuncia, de queja, de solicitud, la fecha de recepción, la fecha de término, el área a la que fue turnada la misma y el acuerdo para el trámite y en su oportunidad la resolución correspondiente.